Se prohíbe el uso de los números de tarificación adicional para los servicios de atención al cliente o posventa
La Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional aprobó ayer por fin la norma que pone coto a los abusos que se producen en los servicios, concursos y programas en los que se participa a través de mensajes de móvil o llamadas a líneas que comienzan por 905. De este modo, los servicios SMS Premium y los 905 deberán informar con claridad al consumidor sobre el coste, las condiciones del servicio y las posibilidades de alta y baja.
Los denominados servicios SMS Premium a través del móvil han proliferado en los últimos años. Se accede a ellos marcando un número corto y permiten tanto la descarga de contenidos (juegos, vídeos, politonos) como la participación en concursos, sorteos y programas de radio y televisión. También se han extendido en los medios de comunicación las líneas 905 para participar en concursos, sorteos y votaciones organizadas por programas de TV.
El nuevo “código de conducta” de los servicios Premium es de obligatorio cumplimiento y obliga a que cualquier forma de publicidad “incluya el precio del servicio”, y “la identificación de su responsable”. Garantiza el carácter “legible” de la publicidad, con una información que deberá figurar “en caracteres estáticos y adecuados para su perfecta visualización”.
Cuando un usuario solicite el servicio, el prestador queda obligado a enviarle un SMS informando de su precio y de la identificación de la empresa responsable. Si se trata de servicios de precio superior a 1,20 euros (de suscripción o para adultos), el mensaje informativo será previo a la contratación. El código regula la terminología para contratar y cancelar servicios, de modo que la contratación se haga sólo con la palabra “alta”. Para cancelar la suscripción bastará con la palabra “baja”.
También se establecen horarios específicos para la publicidad y el funcionamiento de servicios dirigidos a menores y horarios determinados en servicios para adultos. Se regulan además las publicaciones en que puede aparecer publicidad de servicios para menores o para adultos.
Bases ante notario
En los programas de televisión, mientras que se anuncie un teléfono 905 para participar, figurará en la pantalla en todo momento el precio de la llamada y la identificación del prestador del servicio.
Todos los concursos deberán tener sus bases depositadas ante notario. De esta forma, si un voto o una participación de un concursante se recibe fuera del horario del concurso, sólo se le podrá facturar el importe de un SMS de texto, sin la parte de tarificación adicional.
Asimismo, la nueva regulación prohíbe los números con tarificación adicional para los servicios de atención al cliente o posventa, vinculados a la adquisición de bienes o servicios.
El incumplimiento de las obligaciones de esta normativa, que podrá ser denunciado por el usuario, supondrá la retirada al prestador del servicio del número con el que haya cometido la infracción.
(Fuente: Consumer Eroski)
